Pasivo por siniestros ocurridos y no reportados bajo el punto 33.3.5 del RGAA.
Constitución, valuación y certificación del pasivo por IBNR conforme al punto 33.3.5 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora, y desarrollo de metodologías alternativas bajo la Resolución SSN 325/2026.
El punto 33.3.5 y la Resolución 325/2026 en ocho capítulos
Definición, alcance y carácter de los procedimientos
Eventos producidos durante la vigencia y conocidos con posterioridad al cierre, integrados por los ocurridos y aún no reportados y por los reportados de forma incompleta. Los procedimientos de la norma tienen carácter de mínimos.
Ocurridos y aún no reportados
El acaecimiento del siniestro no ha sido reportado debido a retrasos de tipo administrativo o a la clase de contingencia cubierta.
No reportados completamente
Siniestros ya ocurridos y reportados cuyo costo está incompleto o no ha sido determinado con precisión.
Períodos
Período de ocurrencia: doce meses entre el 1º de julio de un año y el 30 de junio del siguiente. Períodos de desarrollo: el primero coincide con el de ocurrencia y los siguientes son los períodos anuales posteriores.
Procedimiento del punto 33.3.5.2
Matriz con períodos de ocurrencia en el eje vertical y de desarrollo en el horizontal. Los siniestros incurridos comprenden los pagos netos de recuperos acumulados y los pendientes, valuados al cierre por el índice FACPCE y sin descontar reaseguro.
Ramas, períodos a considerar y factores de cola
Diez ejercicios económicos completos en cola larga y cinco en cola corta, agrupados por períodos de ocurrencia anuales coincidentes con el ejercicio.
Factores de cola
Cola larga con información inferior a siete ejercicios de ocurrencia: 1,05 con seis años y 1,10 con cinco. Períodos menores a cinco años no permiten la utilización del procedimiento. Cola corta con información inferior a cinco períodos anuales: 1,05 con cuatro años y 1,10 con tres; períodos menores a tres años no lo permiten.
Siniestros excepcionales
Aquel que, por un mismo evento, registre un importe incurrido igual o superior al diez por ciento del monto total de los siniestros incurridos en un período de desarrollo. Si en una celda todos o la mayoría resultan excepcionales, puede aplicarse el método del punto 33.3.5.3.3.
Experiencia insuficiente
Las entidades que no cuentan con experiencia suficiente constituyen el pasivo mediante las alícuotas previstas sobre las primas y recargos devengados por seguros directos y reaseguro activo, a moneda homogénea, con el tratamiento específico previsto para los cierres intermedios.
Períodos intermedios
Al 30 de septiembre, 31 de diciembre y 31 de marzo se agrupan los siniestros ocurridos tomando los doce meses anteriores, se aplica el factor acumulado que corresponda y se desafecta el importe registrado en el período anterior.
Ajustes que distorsionan el método
Ante ajustes puntuales en la valuación de siniestros pendientes se recalculan los factores y se confeccionan nuevas matrices, trasladando el ajuste a los períodos de desarrollo anteriores en la medida en que el siniestro estuviera asentado en el inventario respectivo.
Moneda extranjera y fusiones
Los importes en moneda extranjera se convierten a pesos al tipo de cambio vigente a la fecha de cierre. En fusiones por absorción, la absorbente calcula el pasivo considerando las experiencias siniestrales por separado en los ramos de cola larga.
Régimen de metodologías alternativas
Habilita metodologías alternativas desde los cierres al 30 de junio de 2026, con acreditación semestral de suficiencia e informe suscripto por actuario externo.
Test de suficiencia semestral
La entidad acredita semestralmente la suficiencia de la reserva mediante un test de suficiencia y un informe suscripto por un actuario externo.
Amortización y desafectación
El régimen prevé un esquema gradual de amortización de la diferencia respecto de la metodología general y un mecanismo de desafectación progresiva en función de los resultados alcanzados.
Cambio en la política de cierre
Ante un cambio verificado en la política de pagos de siniestros, la entidad puede presentar modificaciones al método, aplicando el ordinario hasta la autorización expresa, acreditando técnicamente el cambio y presentando las modificaciones certificadas por el actuario externo.
Qué comprende el trabajo
Matrices del punto 33.3.5.2.1
Pagados, pendientes e incurridos, en importes y en cantidad de siniestros, por subrama, a moneda homogénea y con trazabilidad hasta el inventario que las origina.
Factores y pasivo
Factores promedio ponderados, factores de desarrollo acumulados, última pérdida estimada y pasivo por período de ocurrencia, con el factor de cola cuando corresponda.
Siniestros excepcionales
Identificación, criterio de exclusión y estimación de su reserva, con el texto de la nota prevista en el punto 33.3.5.2.4.
Cierres intermedios
Determinación al 30 de septiembre, 31 de diciembre y 31 de marzo conforme al punto 33.3.5.4, con la desafectación del período anterior.
Participación del reaseguro
Importe a cargo de reaseguradores como cuenta regularizadora de los siniestros pendientes, conforme a las condiciones de cada contrato. Punto 33.3.6.
Metodologías alternativas
Desarrollo del modelo, test de suficiencia semestral e informe suscripto, bajo el régimen de la Resolución SSN 325/2026.
Disposiciones citadas
¿Qué comprende el pasivo del punto 33.3.5?
Los siniestros ocurridos pero aún no reportados, cuyo acaecimiento no fue denunciado por retrasos administrativos o por la clase de contingencia cubierta, y los siniestros ocurridos pero no reportados completamente, ya denunciados pero con costo incompleto o no determinado con precisión.
¿Qué períodos de ocurrencia deben analizarse?
Diez ejercicios económicos completos en los ramos y coberturas definidos como de cola larga y cinco en los definidos como de cola corta. Los datos se agrupan por períodos de ocurrencia anuales coincidentes con el ejercicio económico. Punto 33.3.5.3.1.
¿Cómo se determina el factor de desarrollo acumulado?
El factor acumulado de un período de desarrollo es el producto entre el factor acumulado del período siguiente y el factor promedio ponderado del período. Se calcula anualmente al cierre del ejercicio económico y se aplica en ese cierre y en los períodos intermedios hasta el próximo. Punto 33.3.5.2.3.
¿Qué define la norma como siniestro excepcional?
Aquel que, por un mismo evento, registre un incurrido igual o superior al diez por ciento siniestros incurridos en un período de desarrollo. Sus importes pueden excluirse de la matriz de siniestros incurridos dejando constancia del criterio en nota. Punto 33.3.5.1 inciso b).
¿Qué factores de cola corresponden?
En cola larga, 1,05 con seis años de ocurrencia y 1,10 con cinco; por debajo de cinco el procedimiento no se admite. En cola corta, 1,05 con cuatro años y 1,10 con tres; por debajo de tres el procedimiento no se admite. Punto 33.3.5.3.2.
¿Qué establece la Resolución SSN 325/2026?
Habilita a las entidades a utilizar metodologías alternativas para la determinación del pasivo, con vigencia a partir de los estados contables con cierre al 30 de junio de 2026, acreditando semestralmente la suficiencia de la reserva mediante un test de suficiencia y un informe suscripto por un actuario externo. Prevé un esquema gradual de amortización de la diferencia respecto de la metodología general y un mecanismo de desafectación progresiva.
¿Qué coberturas quedan fuera del punto 33.3.5?
Vida individual, vida con ahorro y seguros de retiro, las coberturas comprendidas en la Ley 24.557 y las mutuales que operan en transporte público de pasajeros alcanzadas por la Resolución SSN 25.429.
¿Quién certifica el pasivo?
El Actuario, en el informe elaborado al confeccionar los estados contables anuales o trimestrales. Punto 33.3.5.7.
Revisión del cálculo vigente
El punto de partida es la estructura de las bases de siniestros, la apertura por subrama disponible, el criterio de valuación de pendientes y el cálculo vigente. Sobre esa base se define el alcance, los plazos y los honorarios. La información se intercambia bajo convenio de confidencialidad.
El proceso admite dos modalidades: la determinación del pasivo con certificación del punto 33.3.5.7, o la toma de control del cálculo que la entidad ya realiza, con informe de observaciones.
Práctica actuarial en el mercado asegurador argentino desde 1996. Actuario inscripto en el Registro de Actuarios de la Superintendencia de Seguros de la Nación N°67.